13 jul 2012

DETECCIÓN POLICIAL CE DROGAS (COROLES DE TRAFICO)

Recopilado de agencias por MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ, Director del CENTRO TERAPÉUTICO VALLE DEL TIÉTAR – Pelayos de la Presa – Madrid – ESPAÑA Centro de iniciativa privada para el tratamiento de todo tipo de adicciones y problemas psicológicos

La Dirección General de Tráfico comenzó ayer su campaña de «tolerancia cero» contra el consumo de alcohol y drogas al volante. El objetivo es reducir los accidentes de tráfico provocados por el consumo de drogas al volante y crear mayor conciencia de los riesgos que supone conducir habiendo consumido estas sustancias prohibidas. Los datos estadísticos son alarmantes, el informe anual del Instituto de Toxicología refleja que el 45% (316) de los conductores fallecidos (702) presentaron resultados positivos en sangre por drogas y/o psicofármacos y/o alcohol.
Los resultados constatados hasta ahora, dentro del Proyecto DRUID (Driving under the influence of Drugs, Alcohol and Medicines), reflejan que la tendencia de consumo alcohol/drogas  se ha invertido, lo que quiere decir que la probabilidad de conducción tras el consumo de drogas es mayor que la probabilidad de conducción tras el consumo de alcohol. Además, si ningún conductor circulara tras haber consumido drogas, se podría evitar la muerte de al menos 480 personas cada año.

La Guardia Civil y las Policías Locales de Molina de Segura, Alhama de Murcia, Cartagena, Bullas, Yecla y Lorca realizan esta semana en torno a 5.000 controles de alcoholemia. Por primera vez, se intensifican los controles a conductores que puedan ir circulando bajo los efectos de las drogas. Pero no todas las Policías Locales cuentan con los medios necesarios. Los aparatos para hacer las pruebas de drogas son muy costosos, ya es hora de que lo tengan en cuenta, digo yo. ¿Quién paga eso? Porque los ayuntamientos están ‘tiesos’. No vale de nada vender que haces algo que ni siquiera tienes los conocimientos, capacitación o medios para realizarlo.

Si hacemos un barrido sobre las situaciones relacionadas con las drogas y las intervenciones policiales veremos que la detección de drogas en el ámbito policial puede abarcar la localización de las sustancias prohibidas en el interior del organismo o en otras zonas, siendo las conductas sancionables diversas pero relacionadas con el tráfico de drogas o la ingesta de estas sustancias tóxicas.
A efectos policiales el consumo o tenencia de drogas para tráfico puede tener tres puntos de partida. El primero como consumo de drogas cuando se ha cometido un delito, ya que puede actuar como circunstancia modificativa de la responsabilidad penal como eximente o atenuante. Así en este primer bloque sería más importante la visión judicial que la policial. En segundo lugar el tráfico de drogas, que es siempre delictivo, con policías bien formados en la materia y seguimientos prolongados en el tiempo. También hay que destacar como buenos detectores primarios en controles a las unidades caninas. La simple tenencia es una infracción administrativa (la sanciona el Delegado/Subdelegado del Gobierno o Alcalde). Pero es en eltercer bloque donde nos vamos a centrar por tener una importancia superior en el ejercicio profesional policial enfocado a la seguridad vial. Estamos hablando de la detección por ingesta de drogas en la conducción, que puede ser sancionada penalmente como delito o administrativamente como infracción de tráfico. Como veremos más adelante, el método de detección por saliva es el más usado policialmente y en los últimos años se ha consolidado como un procedimiento bastante extendido en los diferentes cuerpos policiales que asumen competencias de tráfico y seguridad vial.

El consumo de drogas cuando se ha cometido un delito, como circunstancia modificativa de la responsabilidad penal (eximente o atenuante)El artículo 20 del Código Penal regula como circunstancia que modifica la responsabilidad penal y más concretamente es una eximente ‘El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión’. En su artículo 21 establece como atenuante la de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas.

El tráfico de drogasSon delitos contra la seguridad colectiva y concretamente contra la salud pública. El Código Penal castiga diferentes conductas, por ejemplo al que, sin hallarse debidamente autorizado, elabore sustancias nocivas para la salud. O al que expenda o despache medicamentos deteriorados o caducados. Pero el delito estrella es el tráfico de drogas y se castiga a los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

La detección por ingesta de drogas en la conducciónNo vamos a dilatar más lo relacionado con las drogas de los dos anteriores puntos cuyo interés será importante, de forma indudable, para otros estudios pero no para el relativo a los problemas legales en el ejercicio profesional policial relacionada con la seguridad vial.
La detección por ingesta de drogas en la conducción, puede ser sancionada penalmente como delito o administrativamente como infracción de tráfico, básicamente depende de los síntomas que presente el conductor. De esta forma, si su conducción está influenciada por drogas será delito, dejando el simple consumo previo para la denuncia administrativa. Más adelante veremos todo el procedimiento. Como también veremos, el método de detección por saliva es el más usado policialmente y en los últimos años se ha consolidado como un procedimiento bastante extendido en los diferentes cuerpos policiales que asumen competencias de tráfico y seguridad vial.
La conducción bajo la influencia de drogas disminuye la aptitud para conducir y es una de las principales causas en los accidentes de tráfico. Policialmente es muy recomendable estar preparados para poder detectar a estos conductores y para ello es básica la formación en el procedimiento adecuado y legal para realizar pruebas de detección de drogas (más allá de las típicas pruebas de alcoholemia que son más sencillas o digamos más comunes). En cuanto a la evolución de los sistemas de control de drogas hay que destacar dos proyectos fundamentales, el ‘Proyecto rosita’ y el ‘Proyecto Druid’, dos procedimientos basados en estudios que permiten conocer la presencia de drogas en la conducción y el procedimiento para realizar las pruebas.
España a la cabeza del consumo de cocaína y cannabisEl proyecto DRUID, promovido, integrado y cofinanciado porla Comisión Europea y en la que han participado 19 países y Noruega, concluye que en España es un hecho conducir después de consumir sustancias psicoactivas. Además, el cannabis y la cocaína son las dos sustancias más frecuentemente halladas, datos que son congruentes con los publicados por el Observatorio Español sobre Drogas para el conjunto de la población española.
Lo más importante será conocer cómo se realizan las tomas de muestras de saliva y de aire espirado, y la observación de los signos que permitan conocer el estado de influencia del sometido a examen. Como decía anteriormente, voy a basarme en la muestra de saliva porque es la más usada actualmente. La diligencia de signos observados será crucial para imputar un delito contra la seguridad vial por conducción bajo la influencia de drogas y medicamentos.
La detección por saliva se realiza con aparatos que analizan 6 sustancias mediante el análisis de una muestra biológica de saliva, de forma que esta prueba ofrece un resultado en analítica equiparable al que nos puede ofrecer una analítica de sangre.
El aparato que más se ha comercializado es el Drug Test 5000 de la empresa Dräger, muy conocida porque es la que vende los etilómetros para realizar las pruebas de alcoholemia en aire espirado. La máquina analiza seis sustancias:
-         COC (Cocaína)
-         OPI (Opiáceos)
-         BENZO (Benzodiacepinas)
-         THC (TETRAHIDROCANNABINOL- Cannabis)
-         AMP (Anfetamina.)
-         MAMP (Metanfetamina)

Procedimiento de la prueba de salivaBien, con el Drug Test 5000 se hace una primera muestra de saliva del conductor (denominada indiciaria), con un bastoncillo, arrojando un resultado in situ que nos dice si es negativo o positivo y las sustancias consumidas. Se realizará una segunda muestra (denominada de detección o incorporación de drogas) que será enviada a un laboratorio (centro toxicológico estipulado por la zona) para su posterior análisis. Hay que tener en cuenta el procedimiento de recogida de la muestra de saliva, precintado, envasado y transporte de la misma. Todo este proceso ha de realizarse bajo una cadena de custodia. El conductor también será sometido a reconocimiento médico si se observan síntomas de influencia por drogas.
Obviamente, como ocurre con la prueba de alcoholemia, el conductor tiene derecho a contrastar la prueba salivar mediante extracción sanguínea en un Centro Médico. El procedimiento a seguir, si el conductor solicita esta prueba de contraste, será similar al existente para las pruebas de contraste de alcoholemia.

¿Quién está obligado a someterse?Como establece el Reglamento General de Circulación, todas aquellas personas que lo están a las pruebas de alcoholemia.
El conductor que de positivo a drogas se enfrenta a una sanción administrativa (500 euros y pérdida de 6 puntos) o penal con cárcel o multa.

¿Qué ocurre si el conductor se niega a realizar las pruebas de drogas?Puede estar cometiendo un delito contra la seguridad vial, autónomo del art. 383 del Código Penal. Es indiferente que presente o no síntomas para cometerlo.

Problemas detectadosLa realización de pruebas para detectar la presencia de drogas en el organismo de los conductores planteó numerosos problemas al principio, debido sobretodo a los falsos positivos que se arrojaban en personas que no habían consumido drogas. El procedimiento se fue perfeccionando pero es indudable que hoy en día, con tres métodos de análisis, el sometido a examen goza de mayores garantías ya que dispone de la prueba inicial de saliva, la posterior prueba que es analizada en laboratorio y el posible análisis de sangre al que podría someterse como un derecho más.
Llama la atención igualmente el polémico episodio que protagonizó a principios de este año la Policía Local de Vitoria, que decidió no seguir denunciando como infracción muy grave a los conductores que hubieran tomado algún tipo de droga y no presentaran síntomas de que su ingesta supusiera un peligro para el resto de usuarios de las vías. Solamente perseguirían a los conductores influenciados, a los que se les instruirían diligencias penales por delito.
Puede que aún estemos verdes y sea necesario revisar la legislación de tráfico sobre drogas. También hay que tener en cuenta que las pruebas de drogas resultan más costosas que las de alcoholemia y eso hay que pagarlo. Si la DGT quiere seriedad tendrá que invertir en las Policías Locales.

Policías habilitados para realizar las pruebasDestaca igualmente la última reforma operada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (ver art. 796) que establece quiénes son los policías habilitados para realizar las pruebas de drogas y la forma de obtener la acreditación. Las pruebas para detectar la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas en los conductores de vehículos a motor y ciclomotores serán realizadas por agentes de la policía judicial de tráfico con formación específica y sujeción, asimismo, a lo previsto en las normas de seguridad vial. Por lo tanto hay que realizar un curso específico de formación en materia de detección de drogas. Sirva este final para dar un aviso ala DGT al objeto de que imparta cursos de formación en este sentido para Policías Locales.

Miguel Ángel López - CTVTiétar - Pelayos de la Presa – Madrid - ESPAÑA